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Hemos de alcanzar una reparación íntegra de todos los daños y perjuicios que sufren, no solo las víctimas, sino también sus familias

“Hemos de alcanzar una reparación íntegra de todos los daños y perjuicios que sufren, no solo las víctimas, sino también sus familias”

In Memoriam Óscar Moral Ortega

El día 22 de julio, las Cortes Generales aprobaban definitivamente -solo queda su publicación en el Boletín Oficial del Estado y su entrada en vigor- la ley que reforma y mejora el conocido coloquialmente como baremo de accidentes de circulación, el cuadro de indemnizaciones con las que se resarce a las víctimas de siniestros viales. Con retraso respecto de los plazos que marcaba la Unión Europea, por fin España actualiza una legislación que el CERMI ha seguido con gran interés, pues la accidentalidad al volante sigue siendo una de las primeras causas de discapacidad sobrevenida. Para desentrañar el contenido de esta nueva Ley, su significado y alcance prácticos, exponer sus bondades e indicar lo que aún queda pendiente, cermi.es diario conversa con el abogado José Pérez Tirado, uno de los máximos expertos legales en la materia, que ha tenido un papel protagonista en esta reforma.

Y Pérez Tirado no se olvida, fatídica coincidencia, de Óscar Moral Ortega, presidente del CERMI Madrid, fallecido ayer, que representaba a las personas con discapacidad y víctimas de accidentes en la “comisión de sabios” que preparó este avance normativo, a cuya memoria está dedicada esta pieza.

¿Cómo persona experta y referente en el ámbito legal en relación con el régimen jurídico de la reparación a las víctimas de accidentes de circulación, que juicio le merece la reciente reforma de esta regulación aprobada por el Parlamento?

Con esta reforma legislativa seguimos avanzando y dando pasos hacia delante para que las víctimas de los accidentes de circulación en España tengan mejores derechos cuando sufren daños corporales, y esas mejoras inciden de forma especial, en los supuestos de grandes lesionados. Es sin duda aproximarse a los mismos derechos que ya están reconocidos en otros países de la Unión Europea, pero no debemos conformarnos y es necesario seguir avanzando para que, en la siguiente reforma, dentro de pocos años, podamos alcanzar una reparación íntegra de todos los daños y perjuicios que sufren, no solo las víctimas, sino también sus familias, lo que en Europa se denomina “víctimas secundarias”.

¿Qué papel ha jugado el grupo de personas expertas -al que Usted pertenece- en la preparación de este cambio legislativo?

La Comisión de Expertos creada por los Ministerios de Justicia y de Economía, Comercio y Empresa, fue fundamental para conseguir los primeros avances en la Ley 35/2015, que entró en vigor el 1 de enero de 2016, y entonces, con su Disposición Adicional Primera se dio lugar a la creación de la Comisión de Seguimiento del Sistema de Valoración con la participación de las asociaciones de víctimas y entidades aseguradoras, y con una labor fundamental del Presidente de esa Comisión, el Catedrático de Derecho Civil, Don Miquel Martín Casals que han realizado desde 2017 un gran trabajo para analizar las mejoras que podrían introducirse, emitiendo un informe razonado que casi al cien por cien se ha transformado ahora en Ley, alcanzándose consensos muy importantes entre todas las partes implicadas en esa Comisión.

Lamentablemente, una gran persona y gran amigo, el Abogado don Óscar Moral Ortega, Presidente del CERMI de la Comunidad de Madrid, falleció el mismo día que fue aprobada esta Ley, era miembro de esa Comisión de Seguimiento y estuvo trabajado hasta sus últimos días con una intensidad inmensa para mejorar los derechos de las víctimas y sus familias, siempre preocupándose por el mundo de la discapacidad y siempre ayudando, siendo un ejemplo de esfuerzo y dedicación. Descanse en paz y mi agradecimiento a su persona será eterno.

¿Considera que los intereses y la protección integral de las víctimas y de su entorno mejora con esta reciente reforma legal?

Sin duda, mejoran algunos aspectos que deben destacarse, como la rehabilitación futura para personas que sufren amputaciones, aumento de las horas de ayuda de tercera persona para determinadas secuelas graves, incremento de indemnizaciones para las personas que se dedican en exclusiva a las tareas del hogar, o la inclusión del perjuicio sexual. Otras mejoras son de carácter técnico, pero también importantes, pues la actualización anual de las indemnizaciones se realizará con el índice precios de consumo (IPC), y el cálculo del lucro cesante en casos de fallecimiento también mejora y, en todo caso, para calcular perjuicios económicos se computará como ingreso un salario mínimo interprofesional anual. Sin duda, será necesario dar formación a todas aquellas asociaciones que deben conocer los derechos de las víctimas y de sus familias para poder aconsejar y asesorar de una forma adecuada.

¿Qué cuestiones pendientes de relevancia quedan aún para que podamos decir que España cuenta con un régimen de protección de las víctimas de accidentes que pueda considerase aceptable?

Efectivamente, quedan cuestiones pendientes que deberemos abordar en los próximos años, sin duda, el reconocimiento de derechos asistenciales e indemnizatorios a las “víctimas secundarias” (familiares de grandes lesionados y de fallecidos), y también deberemos conseguir que desaparezcan determinados límites económicos en algunos conceptos indemnizatorios que contradicen, en la actualidad, el principio de la verdadera reparación integral, pues no deben existir esos límites económicos cuando se trata de daño emergente futuro (prótesis que serán precisas, rehabilitación necesaria, ayudas técnicas y sus periódica renovaciones, adecuación de vivienda actual y futura e incrementos de costes de movilidad), pues si una víctima acredita que los gastos presentes y futuros son de cuantía mayor a los límites fijados, debe prevalecer ese derecho a la reparación íntegra y solo entonces se podrá decir que ya tenemos un régimen de protección adecuada a esas víctimas. Hemos avanzado, pero todavía no hemos llegado a esa total protección que cualquier ciudadano puede precisar al sufrir un accidente.

¿A su juicio, tiene sentido y se deberían desplegar esfuerzos para dotar a nuestro país de una ley integral de protección, reparación y acompañamiento a las víctimas de la siniestralidad vial?

Estoy plenamente convencido que deberíamos desplegar esfuerzos para dotarnos de esa Ley integral de protección, reparación y acompañamiento a las víctimas de la siniestralidad vial, unificando en una sola Ley aquellos derechos que ahora encontramos únicamente en el Estatuto de la Víctima de Delitos (Ley 4/2015), con otras normas que ahora se ubican en las Leyes de Enjuiciamiento Civil o de Enjuiciamiento Criminal, e incluyendo la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de vehículos a motor, consiguiendo que toda una dispersión normativa quede concentrada en una sola ley que permita incrementar realmente la protección a las víctimas y a sus familias.

La siniestralidad circulatoria sigue figurando como una de las causas primeras de generación de discapacidad sobrevenida, mundo que uste conoce muy bien. ¿Qué podemos hacer como munidad política para reducir la accidentalidad y atender mejor a las víctimas que adquieren una discapacidad por este motivo? ¿Después del accidente, qué?

Si queremos alcanzar los objetivos de reducción de la siniestralidad vial, y conseguir disminuir así el número de víctimas y evitar la discapacidad sobrevenida, debería pensarse en una Secretaría de Estado para la Seguridad Vial, que yo considero debería ser interministerial, pues hacen falta mejoras en distintos campos, desde el Ministerio del Interior (Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y Policías Locales), Ministerio de Justicia (mejoras en los Tribunales y en normas legales), Ministerio de Sanidad y Consejerías Sanitarias (costes sanitarios) y Ministerio de Seguridad Social (recuperación de todas las prestaciones cuando existe un responsable causante de un accidente), para que de esta forma se alcanzara una verdadera protección integral en todos los campos que produce un siniestro vial, pues las lesiones y las discapacidades afectan en múltiples ámbitos. Solo con un enfoque conjunto se podría conseguir ese importante avance que al final generaría una reducción de la siniestralidad y una adecuada protección cuando desgraciadamente ocurre un siniestro grave.

Usted es un abogado reconocido, con gran prestigio en el mundo jurídico, pero siempre ha mantenido una estrecha relación con las asociaciones de personas con discapacidad y de víctimas de accidentes. El CERMI, sin ir más lejos, le concedió su distinción “Amigo de las Personas con Discapacidad” ¿En qué medida el contacto con ellas ha mejorado su preparación y desempeño profesionales, pero también los aspectos más personales?

Un gran honor ese reconocimiento del CERMI, vivir y convivir con personas que ha conocido la discapacidad sobrevenida por un accidente de tráfico genera que el desempeño profesional no se limite únicamente el campo jurídico (penal y civil), pues deben atenderse los problemas que surgen en el ámbito sanitario, y también atender las necesidades en material ortopédico y de ayudas técnicas, crear un equipo (con médicos valoradores, actuarios y arquitectos), donde se puedan buscar esas soluciones en todos los ámbitos que surgen tras un accidente de tráfico (en lo laboral, en prestaciones de Seguridad Social, en discapacidad y dependencia) pero de forma fundamental, en el acompañamiento personal para que cualquier duda que pueda surgir se trate de resolver y se trate de comprender la inmensa alteración que un siniestro produce a la víctima y a su familia. Por eso, la implicación de CERMI en las mejoras legislativas para la protección de las víctimas ha sido fundamental para conseguir unos avances en los últimos años que son fundamentales y muy necesarios.

José Pérez Tirado

Abogado, experto reconocido en el Derecho de las Víctimas de Accidentes

Fuente: CERMI Estatal